Este primer período ordinario de sesiones se prolongará hasta el mes de febrero, y uno de los temas centrales que tiene la Asamblea departamental por definir es la elección del Contralor Departamental y la del Procurador Regional.
Sobre el Contralor
La tarea de la Duma se centrará en la elección del Contralor Departamental.
Los contralores departamentales, distritales y municipales ejercerán, en el ámbito de su jurisdicción, las funciones atribuidas al Contralor General de la República en el artículo 268 y podrán, según lo autorice la ley, contratar con empresas privadas colombianas el ejercicio de la vigilancia fiscal.
No podrá ser elegido quien sea o haya sido en el último año miembro de asamblea o concejo que deba hacer la elección, ni quien haya ocupado cargo público del orden departamental, distrital o municipal, salvo la docencia.
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